Para minimizar los riesgos en los puestos de trabajo en los que se utilizan pantallas de visualización (ordenador), se deben cumplir los requisitos legales del Real Decreto 488/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas al trabajo con equipos que incluyen pantallas de visualización. En líneas generales, las medidas a adoptar son:
– Correcto diseño del puesto de trabajo: monitores de buena calidad, iluminación adecuada y sin reflejos, etc.
– Correcta organización del puesto de trabajo, con objetivo de minimizar el estatismo postural, la fatiga visual y la carga mental: introducir pausas, cambios de actividad, etc.
– Garantía de la formación e información del personal.
Con el fin de adoptar una correcta ergonomía en este tipo de puestos de trabajo, podéis consultar los siguientes videos informativos publicados por la empresa OTP: