Equipamiento obligatorio del vehículo

El Reglamento General de Vehículos establece la obligación de llevar en el vehículo dos triángulos de preseñalización del peligro y al menos un chaleco reflectante de alta visibilidad. No obstante, es aconsejable incluir un chaleco para cada ocupante. El chaleco debe llevarse en el interior del vehículo y no en el maletero ya que su uso es obligatorio cuando se salga del vehículo y se ocupe la calzada o el arcén de las vías interurbanas.

También será obligatorio disponer de rueda de repuesto o kit reparapinchazos.

En función de las condiciones meteorológicas, puede haber momentos en los que las cadenas sean obligatorias en determinadas vías.

Por último, los autobuses y los vehículos mixtos y de mercancías (estos últimos con masa máxima autorizada superior a 3.500 Kg), deberán llevar un extintor.

Por supuesto siempre es aconsejable llevar unas pinzas, linterna y el móvil cargado ante cualquier imprevisto.

Además, se recomienda llevar un dispositivo de luminoso (señal V16) el cual podrá sustituir a los triángulos a partir de la aprobación del nuevo Real Decreto de Auxilio en Carretera, prevista para el primer trimestre de 2021.

Se trata de una baliza que emite una señal intermitente de luz amarillo auto y que debería ser visible hasta un kilómetro de distancia. Se coloca sobre el techo del vehículo y queda sujeta mediante imanes, sacando la mano por la ventanilla y por lo tanto sin tener que bajarse del vehículo.

Para que los dispositivos de señalización V-16 sean aprobadas deben cumplir ciertos requisitos como tener un ángulo de visión de 360º en el plano horizontal y de 8º en el vertical tanto hacia arriba como hacia abajo, además de mantener una intensidad de entre 40 y 80 candelas durante al menos 30 minutos y con una frecuencia de destellos entre 0,8 y 2 herzios.